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Presentación
de la Asociación
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Se
entiende por conflicto de intereses toda situación o evento en
que los intereses personales, directos o indirectos, de los asociados,
administradores o funcionarios de la asociación, se encuentren
en oposición con los de la entidad, interfieran con los deberes
que le competen a ella, o lo lleven a actuar en su desempeño por
motivaciones diferentes al recto y real cumplimiento de sus responsabilidades.
ASCORT implementará mecanismos de prevención y manejo de conflictos de interés que se presenten entre los socios, la dirección ejecutiva, los empleados y miembros de la Junta Directiva. 6.1 Mecanismos de prevención y manejo de conflictos
Prácticas prohibidas:
Cuando la dirección ejecutiva encuentre que en el ejercicio de sus funciones está enfrentada a un conflicto de interés, éste lo informará de inmediato a los demás miembros de la Junta y se abstendrá en todo caso de participar en la discusión y decisión del asunto que genere la situación de conflicto de interés. Empleados de ASCORT
En el evento en que un empleado encuentre que en el ejercicio de sus funciones
pueda verse enfrentado a un conflicto de interés, este informará
de tal situación, en forma inmediata y por escrito a la dirección
ejecutiva quien determinará la manera de evitar el conflicto. Las diferencias de criterio que se presenten entre los socios en relación con la marcha general de la Asociación, sus operaciones, proyectos y negocios, serán discutidas y resueltas por la Asamblea General de Socios
Los conflictos de interés que puedan presentarse serán sometidos a la consideración y decisión de una comisión especial. La comisión estará integrada por 5 miembros: dos socios, el Revisor Fiscal, un miembro de la Junta Directiva, un expresidente, la Dirección Ejecutiva. La comisión al adoptar la decisión no podrá perder de vista que el bienestar de ASCORT es el objetivo principal de su labor, razón por la cual habrá lugar a la aprobación de los actos que le sean sometidos a su consideración, cuando el acto no perjudique los intereses de ASCORT. 6.4 Conflictos entre la Dirección Ejecutiva y la Junta Directiva Los conflictos individuales que presenten éstos entre sí, se intentarán solucionar: en primer término por la vía del acuerdo Directo.
Si se tratase de diferencias en cuanto a decisiones de riesgo para la
Asociación se deberá en primera instancia citar a consejo
de expresidentes y es segundo termino citarse a en Asamblea Extraordinaria
de Socios. <Anterior _____________Siguiente> |